REPUBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

JUZGADOS DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

JUZGADO DE EPMS
CIUDAD
FECHA RECIBO (DD/MM/AAAA)
027
BOGOTA D.C.
//
NUMERO UNICO DE RADICACIÓN
Municipio
Corporación
Cod. Sala
Cons. Despacho
Año
No. Radicación
Recurso
11001
31
87
027
2024
00068
00
1. DATOS DEL PROCESO
AUTORIDAD REMITENTE CIUDAD
AUTORIDADES QUE CONOCIERON .
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PENAS ACUMULADAS NO No. CONDENADOS 1 TOTAL PRESOS 0 PRESOS A CARGO JEPMS 0
Cuadernos
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Folios
2.DATOS DE LA SENTENCIA

SENTENCIA ANTICIPADA NO

INSTANCIA FALLADORA
FECHA (DD/MM/AAAA)
EJECUTORIA
cdno y folios
FECHA DE LOS HECHOS
3. CLASE DE PROCESO
Tutela 8015
4. OBSERVACIONES

Actuación de Radicación de Proceso realizada el 09/07/2024 a las 16:53:59.
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ACTUACIONES DEL PROCESO
FECHA TIPO ACTUACIÓN ANOTACIÓN CUADERNO FOLIO
02/08/24 ADVERTENCIA DESPACHOBEDOYA VILLARRAGA - CARLOS HUMBERTO: Viacorreo Electronico se notifica a las partes intervinientes la presente accion de tutela para lo de su cargo.
17/07/24 Fallo de Tutela BEDOYA VILLARRAGA - CARLOS HUMBERTO:Primero: Conceder amparo al derecho fundamental de petición de Carlos Humberto Bedoya Villarraga, en representación de Adriano Enrique Tuiran Basilio y Luz Marina Reyes Navarro, vulnerados por la Previsora S.A. Segundo: Ordenar a la Previsora S.A. Compañía de Seguros, para que, dentro del término improrrogable de las cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación del presente fallo, resuelva de fondo (de manera clara, completa, congruente y sin evasivas) el derecho de petición radicado el 28 de mayo de 2024 Tercero: Advertir a la Previsora S.A. Compañía de Seguros, que debe comunicar oportunamente al Despacho el cumplimiento de lo ordenado, so pena de incurrir en las sanciones que para el efecto señala el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991. Cuarto: Notifíquese de la manera más eficaz al accionante y la accionada. Quinto: Informar a las partes interesadas que, en caso de inconformidad con este pronunciamiento/Lam
10/07/24 ADVERTENCIA DESPACHOBEDOYA VILLARRAGA - CARLOS HUMBERTO : Se remite mediante correo electrónico avóquese de acción de tutela No.539 del 10/07/2024 a las partes para notificación /// YCHM
10/07/24 Auto Ordena Requerimiento Art. 522BEDOYA VILLARRAGA - CARLOS HUMBERTO : Requerir al Juzgado 001 Civil del Circuito de Sahagún (Córdoba) para que en el término de doce (12) horas, remita copia del fallo de tutela dentro del CUI No.-23660-31-03-001-2024-00030-00 interpuesta por accionante: LUZ MARIA REYES NAVARRO contra LA PREVISORA SEGUROS S.A.///YCHM
10/07/24 Auto avocando y ordenando pràctica pruebasBEDOYA VILLARRAGA - CARLOS HUMBERTO : Con el fin de traer al expediente los antecedentes que originaron la acción de tutela y para garantizar el derecho de contradicción y defensa, córrase traslado a la(s) entidad(es) accionada(s) y vinculada(s) para que en el término improrrogable de veinticuatro (24) horas, a partir de la comunicación de la presente decisión, se pronuncie(n) sobre la acción incoada y ejerza(n) el derecho de defensa.///YCHM
10/07/24 Auto avocando y ordenando pràctica pruebasBEDOYA VILLARRAGA - CARLOS HUMBERTO : Avóquese conocimiento de la acción de tutela incoada por Carlos Humberto Bedoya Villarraga en representación de ADRIANO ENRIQUE TUIRAN BASILIO y LUZ MARINA REYES NAVARRO en contra de PREVISORA SEGUROS S.A. por la presunta vulneración del derecho fundamental de petición.///YCHM
09/07/24 Radicación de Proceso Actuación de Radicación de Proceso realizada el 09/07/2024 a las 16:53:59
CONDENADOS
NOMBRE DEL CONDENADONo.IDENTIFICACION
- - PREVISORA S.A8600024002 (ver información?)