Boletín de Deudores Morosos del Estado - Contaduría General de la Nación
Bienvenido(a), Luis Mauricio Cano Giraldo |
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![]() UAE CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN CONSULTA AL BOLETIN DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO ![]() El documento de identificación número 52866917 NO está incluido en el BDME que publica la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 901 de 2004. La información suministrada en esta página Web corresponde a la consolidación de los BDME presentados por las entidades públicas. Por tanto, la Contaduría General de la Nación no tiene responsabilidad alguna por las posibles acciones legales que se puedan derivar del reporte indebido o inconsistencias de la misma, por cuanto toda la información contenida en el BDME es la que hayan suministrado los entes públicos, bajo su responsabilidad exclusiva. La sentencia C-1083 del 24 de octubre de 2005 de la honorable Corte Constitucional declaró inexequibles los incisos 2 y 4 del parágrafo tercero del artículo 2° de la Ley 901 de 2004, dejando así de tener vigencia la inhabilidad para contratar con el Estado o tomar posesión de cargos públicos, de las personas naturales o jurídicas que aparezcan reportadas en el Boletín de Deudores Morosos del Estado. En tal sentido no se requiere presentar el certificado del Boletín de Deudores Morosos del Estado para efectos de contratar con entidades públicas. Este documento se generó en la página www.contaduria.gov.co |
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